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Ciudadanía podría derogar leyes nuevas y anteriores a la Constitución


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Director Instituto Ciencia Política
La propuesta contemplada en el borrador de Carta Magna permite que un equivalente al 5% del padrón electoral firme una solicitud de derogación que luego deberá ser plebiscitada.

El borrador de la Constitución trae en sus cientos de artículos varias innovaciones para el ordenamiento jurídico chileno. Una de ésas son los mecanismos de "democracia directa", que permitirán, si gana el Apruebo en septiembre, que la ciudadanía pueda presentar iniciativas de ley, proponer reformas constitucionales, demandar asambleas constituyentes y derogar leyes.

La norma aprobada sobre ese último punto en la Convención dice dos cosas: primero, que la iniciativa derogatoria se tendrá que presentar por un grupo de personas habilitadas para sufragar equivalente al 5% del último padrón electoral. Ésta podrá incluir la derogación total o parcial de una o más leyes promulgadas bajo la vigencia de la nueva Constitución, y se deberá ratificar en un referéndum nacional. Además fija un límite, porque "no serán admisibles las iniciativas sobre materias que digan relación con tributos o administración presupuestaria del Estado". (…)

En tanto, el director del Instituto de Ciencia Política UC e investigador sobre mecanismos de democracia directa, David Altman, afirma sobre los instrumentos presentes en el borrador de Constitución que "no veo riesgos que me llamen poderosamente la atención". Pero sí hace una observación con respecto a la iniciativa de derogación de ley. "Si se aprobó una ley hace 20 años, ¿la puedo derogar hoy? Eso usualmente en las Constituciones está delimitado, hay un período en el que se puede apelar esa decisión e intentar derogarla. Y si se deroga, ya está, simplemente se vuelve a lo anterior", comenta el académico. (...)


 


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