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Una reflexión semanal

Una santidad para el pueblo


Foto de Fernando Vergara
Vicerrector de Identidad y Desarrollo Estudiantil UCSH
En las siguientes líneas reflexionaremos sobre la figura teológico-pastoral del Cardenal Silva Henríquez y su inquebrantable compromiso con la justicia social y el cuidado evangelizador de los derechos humanos para la dignificación de toda persona, labores vitales guiadas por una profunda fe en la misericordia de Dios.

Hoy extrañamos la voz del Cardenal cuando el individualismo, la fragmentación social y la desconfianza se han apoderado de las relaciones humanas.

El Cardenal, desde su corazón y carisma salesiano y en una clara coincidencia espiritual, teológica y filosófica con la Doctrina Social de la Iglesia, encarna sus principios originarios, a saber, Dios como “principio teológico”, pues en tanto realidad primera y suprema y principio originario de su acción creadora y providente; Cristo o “principio cristológico” como el rostro humano de Dios que, al entrar en la historia, redime a la persona humana, la que funda su existencia en la misión salvífica y liberadora de Jesucristo; el Hombre como “principio antropológico”, el que asegura la primacía de la persona como responsable del orden material y de la convivencia humana; y la Naturaleza como “principio legal o jurídico”, el que afirma la existencia de un orden en la naturaleza de origen divino. Por su parte, los principios secundarios de la Doctrina Social de la Iglesia hacen referencia directa al testamento espiritual Sueño de Chile del Cardenal. El principio de significado y unidad hace referencia al principio de la dignidad de la persona como aquel que organiza toda la Doctrina Social de la Iglesia y determina las estructuras sociales, políticas y económicas en virtud de la promoción y desarrollo integral y solidario de la persona humana; el principio secundario del bien común hace referencia a las condiciones para un verdadero desarrollo humano integral, que no es posible alcanzar sin otro principio que el de la solidaridad, como determinación firme y perseverante de empeñarse por el bien común como una virtud individual y colectiva de corresponsabilidad. Esta solidaridad se funda en otro principio, que es el del destino universal de los bienes como su sentido final, es decir, que se comparte solidariamente para establecer condiciones dignas para todas las personas; y, finalmente, el principio de subsidiariedad como el complemento perfecto de la solidaridad y custodio de la justicia y caridad para mejorar las condiciones de vida de todas y todos. (...)


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