A un año de la Ley Karin han entrado 44.212 solicitudes, pero sólo se han terminado 3.513 procesos
Expertos reflexionaron sobre Convenio 190 de la OIT y legislación chilena en un seminario organizado por Derecho UC. Se trataron temas relativos a conductas de acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo, se expusieron casos y se presentaron estadísticas. Como expositor invitado participó José Roberto Herrara, integrante de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT.
photo_camera La académica Carmen Domínguez Soto junto al profesor colombiano José Roberto Herrera, experto de la OIT que expuso en el seminario.
Un balance y análisis de posibilidades de mejoras de la Ley Karin a un año de su entrada en vigencia presentó la profesora Romina Urzúa en el marco del seminario sobre el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la aplicación de la Ley Karin, organizado por la mención en Derecho del Trabajo y Seguridad Social del Magíster en Derecho, LLM UC. Al respecto, planteó que sería recomendable “regular el mecanismo de admisibilidad de denuncias y facultar a la Dirección del Trabajo (DT) para establecer un sistema de priorización de denuncias”.
Y agregó otra propuesta: “La implementación de las medidas de resguardo sea de forma exclusiva del empleador, con posibilidad de reponer dicha decisión y regular un procedimiento especial para casos de violencia en el trabajo”.
Balance de la aplicación
La académica intervino en el segundo panel del seminario, que fue moderado por el profesor Rodrigo Azócar, quien introdujo la conversación sobre el análisis de la aplicación de la Ley Karin. En él, también participaron como expositores el académico Sergio Fuica y el profesor ayudante Wendoling Silva.
El profesor Fuica presentó cuatro casos en que ha sido aplicada la ley. En particular, sobre un caso de violencia en el trabajo, señaló la dificultad para establecer medidas y las responsabilidades que tiene el empleador respecto de estos casos.
Por su parte, Wendoling Silva mencionó las estadísticas que ha dejado la Ley Karin durante este año de vigencia. Así, destacó que han entrado 44.212 solicitudes a la DT relacionadas con la Ley 21.643, pero que, a junio de 2025, sólo se han terminado 3.513 procesos de denuncias por acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, lo que evidencia un problema en los tiempos de investigación de estas conductas.
El seminario sobre el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la aplicación de la Ley Karin -que se llevó a cabo el 2 de septiembre- se dividió en dos paneles. El primero, moderado por la profesora del Departamento de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de Derecho UC Carmen Domínguez Soto, tuvo como expositor al profesor colombiano José Roberto Herrera, integrante de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT.
Principios mínimos según la OIT
El también doctor en jurisprudencia de la Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario realizó una exposición sobre la normativa internacional y su implementación interna en diversos países. Al respecto, resaltó los principios mínimos que implementan los países del acuerdo. “Primero, definir los conceptos de violencia y acoso, estableciéndose una prohibición de incurrir en esas conductas. Segundo, identificar grupos, sectores u ocupaciones más susceptibles a sufrir conductas de acoso y violencia en el trabajo. Tercero, adoptar medidas para prevenir y sancionar estas conductas. Cuarto, establecer mecanismos de notificación y de solución de conflictos, compuestos por profesionales adecuados como abogados y psicólogos. Quinto, apoyo y protección frente a represalias”, señaló.
Antes de esta intervención, el experto internacional fue invitado por el profesor Francisco Tapia a exponer ante estudiantes de pregrado, encuentro en el que también estuvieron presentes el profesor y director del Departamento de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, Hugo Cifuentes, y la vicedecana, Teresita Tagle.