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Expertos chilenos y extranjeros abordan aspectos relevantes del proceso constituyente


Ad portas del plebiscito nacional en que los chilenos decidiremos si queremos o no una nueva Constitución, el grupo de instituciones del Capítulo Chileno de Universidades Católicas, conforme a su misión de servicio, abrió un encuentro para reflexionar acerca de nuestro sistema de gobierno y sus instituciones.

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photo_camera El Capítulo Chileno de Universidades Católicas organizó un encuentro de reflexión y análisis de nuestro sistema de gobierno y sus instituciones.- Foto Dirección de Comunicaciones.

Entender mejor el proceso constituyente, reflexionar sobre sus aspectos más relevantes y ser una nueva oportunidad para provocar el diálogo, fue el objetivo del seminario virtual “Reflexiones en torno al Proceso Constituyente: Congreso Nacional y función legislativa”, organizado por el Capítulo Chileno de Universidades Católicas.

Con esta idea, la agrupación -conformada por Pontificia Universidad Católica de Chile, la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, la Universidad Católica del Norte, Universidad Católica de Temuco, Universidad Silva Henríquez, Universidad Católica del Maule y Universidad Alberto Hurtado- convocó a participar a panelistas chilenos y extranjeros en un encuentro virtual que sobrepasó las 100  personas.  

Así, los expertos analizaron la experiencia de un proceso constituyente en contexto democrático, como el caso de Colombia; la crisis de legitimidad y confianza en las instituciones políticas desde la perspectiva de la ciencia política; y el tema del Congreso Nacional, la función legislativa y sus relaciones con el Poder Ejecutivo y el Tribunal Constitucional desde una perspectiva jurídica.

"Este momento tan importante para Chile interpela a las universidades a volcar su actividad académica al debate constitucional. “En particular, Ex Corde Ecclesiae releva la misión de servicio a la sociedad de las universidades católicas, llamándolas a contribuir en la solución de problemas contemporáneos como la dignidad de la vida humana, la promoción de la justicia social, la búsqueda de la paz y estabilidad política, entre otros"- Ignacio Sánchez, rector 

El rector Ignacio Sánchez abrió el encuentro y valoró la instancia de reflexión. “El próximo domingo se efectuará el plebiscito nacional en el que la ciudadanía decidirá si quiere o no una nueva Constitución. Cualquiera sea el resultado de esta votación, parece existir un amplio consenso acerca de la necesidad de un cambio constitucional profundo que permita encauzar institucionalmente la crisis que experimenta nuestro país, así como abrir un espacio para la reflexión, encuentro y construcción de nuevos acuerdos fundamentales al interior de nuestra comunidad”, señaló.   

Agregó que este momento tan importante para Chile interpela a las universidades a volcar su actividad académica al debate constitucional. “En particular, Ex Corde Ecclesiae releva la misión de servicio a la sociedad de las universidades católicas, llamándolas a contribuir en la solución de problemas contemporáneos como la dignidad de la vida humana, la promoción de la justicia social, la búsqueda de la paz y estabilidad política, entre otros. Es así como el presente seminario pretende aportar a esta reflexión constitucional”, manifestó el rector.

A continuación, el académico Nicolás Figueroa García- Herreros, de la Universidad del Rosario de Colombia, se refirió al proceso constituyente desarrollado en su país que culminó con la dictación de la Constitución de 1991. Explicó las similitudes que observa entre el proceso chileno y colombiano, en relación con su origen “desde abajo” producto de la movilización ciudadana y la existencia de un acuerdo político, agregando que a su juicio la noción de soberanía popular es compatible con la continuidad jurídica. Destacó que las reglas electorales acordadas en Colombia permitieron la participación de sectores minoritarios, por lo que la Asamblea Constituyente no estuvo dominada por ningún sector o partido político. Esto tuvo como consecuencia que primara una lógica orientada al consenso y la cooperación que hizo posible adoptar estructuras constitucionales que favorecieron una democracia pluralista, aunque la fórmula del compromiso y la negociación limitó la capacidad transformadora de la Constitución en el ámbito social y económico.

"Las reglas electorales acordadas en Colombia permitieron la participación de sectores minoritarios, por lo que la Asamblea Constituyente no estuvo dominada por ningún sector o partido político"- Nicolás Figueroa  García- Herreros,  Universidad del Rosario de Colombia.

La académica Carolina Acevedo, de la Universidad Católica de Temuco, abordó el tema de la Crisis de Representación Política.  Dijo que la desconfianza institucional es un fenómeno que se vive en Chile desde hace más de 10 años. “Instituciones claves para la democracia como los partidos políticos, el Poder Judicial y Carabineros han experimentado duras cifras por parte de la ciudadanía en su desempeño. Sumado a esto, desde el plebiscito de 1988 a la fecha la participación electoral ha decaído en casi un 50%”, señaló.

“Lo que ocurrió en octubre del año pasado y continúa hasta hoy, no es un movimiento social aislado o alejado de una realidad social y política. Es parte de un proceso de apatía y desafección con política tradicional, con la democracia representativa y sobre todo con la desigualdad estructural que se cimienta sobre un modelo económico terriblemente injusto”, manifestó la profesora Acevedo.

“Lo que ocurrió en octubre del año pasado y continúa hasta hoy, no es un movimiento social aislado o alejado de una realidad social y política. Es parte de un proceso de apatía y desafección con política tradicional, con la democracia representativa y sobre todo con la desigualdad estructural que se cimienta sobre un modelo económico terriblemente injusto" - Carolina  Acevedo, Universidad Católica de Temuco

Por su parte, Alan Bronfman, académico de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, expuso sobre Congreso Nacional y Presidencialismo. Acerca del presidencialismo dijo que ha sido la estructura que rige las instituciones y acomoda a los agentes de la política chilena, cuyos protagonistas han sido el  Presidente de la república, el Congreso Nacional y los partidos políticos. Al margen de otras consideraciones ha sido la opción adoptada por la mayoría de estos agentes una y otra vez: 1925, 1943, 1970 y en gran parte de las treinta y nueve reformas introducidas a la constitución vigente, en las cuales no se han cuestionado los elementos centrales del presidencialismo o intentado dar una nueva potestad al Congreso Nacional.

"Este presidencialismo -señaló Bronfman- que muchos han calificado como súper  presidencialismo o híper presidencialismo no es una respuesta “exógena”, importada e impuesta como un orden institucional al servicio de unos intereses políticos particulares. La revisión de nuestra historia constitucional nos demuestra que la idea de aumentar las atribuciones presidenciales goza de gran apoyo en casi todas las fuerzas políticas, el que se expresa tanto en la aprobación de normas constitucionales como en la voluntad política de no modificar ningún aspecto del núcleo del poder presidencial (iniciativa exclusiva, poder presupuestario, urgencia)”.

"La revisión de nuestra historia constitucional nos demuestra que la idea de aumentar las atribuciones presidenciales goza de gran apoyo en casi todas las fuerzas políticas, el que se expresa tanto en la aprobación de normas constitucionales como en la voluntad política de no modificar ningún aspecto del núcleo del poder presidencial (iniciativa exclusiva, poder presupuestario, urgencia)”- Alan Bronfman, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.

El  profesor Kamel Cazor,  de la Universidad  Católica del Norte, se refirió a “Reformulación de la reserva legal en el futuro estado constitucional y democrático”.   Manifestó que entre los aspectos esenciales en la configuración del poder de un Estado democrático está la temática de las potestades normativas. Cuestión estructural que manifiesta en última instancia la vigencia -plena o no- de la democracia en la Constitución; y en la cual se visualiza el rol que se le pretende dar en el futuro a la potestad legislativa, esto es, a la ley, como la mayor expresión -formal y material- del principio democrático dentro del nuevo sistema constitucional que se quiere instaurar. “Todo lo cual, es altamente relevante teniendo en cuenta las disfuncionalidades de la actual Carta fundamental en esta materia, lo que obligaría a reformular la reserva legal, a fin de potenciar en el futuro la decisión del legislador democrático", precisó.

“Me parece que en ocasiones el Tribunal Constitucional ha afectado indebidamente la capacidad decisoria del legislador, lo que hace necesario introducir modificaciones que respondan al objetivo de lograr una mejor delimitación entre la competencia legislativa y el control de constitucionalidad de la ley, contribuyendo a una relación más armónica entre ambos órganos”-Alejandra Ovalle, académica Facultad de Derecho UC.

Asimismo, la académica de la Facultad de Derecho UC Alejandra Ovalle se refirió a los límites de la función legislativa y su relación con el control de constitucionalidad de las leyes. Sostuvo que a su juicio las razones que justificaron la instauración y expansión de la justicia constitucional, tanto a niel comparado como en nuestro país, continúan plenamente vigentes. A continuación, planteó algunos problemas que debiera intentar subsanar un nuevo texto constitucional, relacionados con nuestra realidad constitucional y el modo en el que ha ejercido sus funciones el Tribual Constitucional chileno tras la reforma de 2005. “Me parece que en ocasiones el Tribunal Constitucional ha afectado indebidamente la capacidad decisoria del legislador, lo que hace necesario introducir modificaciones que respondan al objetivo de lograr una mejor delimitación entre la competencia legislativa y el control de constitucionalidad de la ley, contribuyendo a una relación más armónica entre ambos órganos”. Finalmente precisó que “en una democracia constitucional el legislador está sujeto a los límites formales y materiales que le impone la Constitucional, por lo que el respeto a la libertad de configuración del legislador no puede traducirse en concebirla de forma ilimitada”.


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