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La migración como derecho humano


El 3 de enero pasado el ministerio del Interior y Seguridad Pública informó que más de dos mil extranjeros fueron expulsados de Chile durante 2018. Ante esta situación, académicos UC y un representante del Servicio Jesuita Migrante, recordaron que en la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) se consagra como ley internacional que “toda persona tiene derecho a salir de cualquier país”.

Migrantes de color en fila para obtener documentos.

Un total de 2.049 personas han sido expulsadas del territorio chileno durante 2018, según cifras del ministerio del Interior y Seguridad Pública. Dentro de ellas, 1.748 han sido por órdenes judiciales mientras que 301 son administrativas. Las cifras fueron entregadas el 3 de enero, cuando se concretó la expulsión de 21 ciudadanos colombianos, 19 hombres y dos mujeres, por órdenes judiciales por la comisión de delitos en el país.

Ante esta realidad que vive Chile y el mundo, académicos de la Universidad Católica y un representante del Servicio Jesuita Migrante, quisieron recordar datos relevantes para tener en cuenta. Los profesores Enrique Muñoz, de la Facultad de Filosofía; Pedro Iacobelli, de la Facultad de Historia, Geografía y Ciencia Política; y Patricia Guerrero, de la Facultad de Educación, escribieron una reflexión en conjunto con Raimundo Salas, quien pertenece al Servicio Jesuita Migrante.

“Desde un punto de vista histórico, primero en la Carta del Atlántico (1940) se consagra el “Permiso a todos los hombres de cruzar libremente todos los mares”, luego en la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) se consagra como ley internacional que “toda persona tiene derecho a circular libremente” (…) y que “toda persona tiene derecho a salir de cualquier país” (Art.13). La cima de esta visión a favor del derecho a la migración es la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de la ONU (1951) la cual suspende el control de las fronteras por parte de los Estados en pos de un fin humanitario mayor. En esta misma línea, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), define la migración como aquel “movimiento de población hacia el territorio de otro Estado o dentro del mismo que abarca todo movimiento de personas sea cual fuere su tamaño, su composición o sus causas.” (Glosario OIM, 2006: 38)”, escribieron.

A lo anterior agregaron que es posible deducir que los seres humanos tienen derecho a moverse dentro de su mismo país y de un país a otro. Hay, entonces, un derecho humano a migrar, ciertamente, no de cualquier forma. Es precisamente este punto, el que ha provocado más debate, porque se ha pretendido sostener que el Pacto Mundial para la Migración, que promueve la ONU, incentivaría la migración irregular.

“Se hace necesario hacer algunas precisiones. En primer lugar, el documento de la ONU diferencia entre los refugiados y los migrantes. Respecto de los primeros, que huyen de su país por guerras, catástrofes naturales, hambrunas, etc., la ONU propone atender sus necesidades fundamentales por una cuestión moral y de humanidad. Respecto de los migrantes, el documento de la ONU reconoce el derecho de los estados miembros a tener sus legislaciones propias, es decir, reconoce la distinción entre migrantes regulares e irregulares”, sostuvieron.

Finalmente, enfatizaron que la OIM promueve que la migración sea regular, ordenada y segura. Y esto, no es una cuestión antojadiza. Siendo la migración uno de los fenómenos que caracteriza nuestro siglo, según datos de la ONU, 60.000 migrantes han muerto desde el año 2000 hasta hoy en diversos desplazamientos. De ahí la razón, que se funda en la dignidad del ser humano, para que exista un Pacto, es decir, un acuerdo mínimo –por cierto, no vinculante– entre los países que evite la muerte de los migrantes, el tráfico, el maltrato, la discriminación, la intolerancia, entre otros flagelos.


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